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Demora en Nacionalización: así obligó la Corte Suprema al Estado a responder en 60 días Rol N° 36.497-2026
Tras 853 días de silencio del Estado, la Corte Suprema acogió un recurso por demora en nacionalización y ordenó al Servicio Nacional de Migraciones resolver en 60 días.

¿Pediste tu nacionalización chilena y llevas meses —o años— sin ninguna respuesta? No estás solo. Este fue exactamente el punto de partida del caso de Mercedes, una mujer de nacionalidad dominicana que vive en Chile desde 2012, y que tuvo que llegar hasta la Corte Suprema para que el Estado se pronunciara sobre una solicitud que llevaba casi dos años de demora en nacionalización.
Su historia es útil para cualquier persona que hoy esté atrapada en la misma espera: muestra qué se puede hacer legalmente cuando un trámite migratorio simplemente no avanza.
La historia: casi dos años de silencio administrativo
Mercedes llegó a Chile en 2012. Cinco años después, en 2017, obtuvo su residencia definitiva. Con el tiempo cumplió todos los requisitos adicionales que la ley exige para nacionalizarse: más de ocho años de residencia continuada, contrato de trabajo formal, cotizaciones previsionales al día y ningún antecedente penal, ni en Chile ni en el extranjero.
En mayo de 2024 presentó su solicitud de carta de nacionalización ante el Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG). Y ahí empezó la espera.
Pasaron los meses. Después, los años. Su solicitud figuraba en una etapa llamada «Análisis», pero nunca hubo un pronunciamiento formal. Cuando finalmente acudió a tribunales, en abril de 2026, ya habían transcurrido más de 853 días —cerca de dos años y tres meses— desde que había pedido algo tan básico como una respuesta.
¿Qué es un recurso de protección y por qué se usó en este caso?
Un recurso de protección es una acción judicial que existe para casos en que una autoridad actúa —o deja de actuar— de forma ilegal o arbitraria, afectando un derecho garantizado por la Constitución. No es un trámite exclusivo de temas migratorios: se usa cada vez que un acto (o una omisión) del Estado vulnera un derecho fundamental.
En este caso, la abogada del caso argumentó que la demora en nacionalización de Mercedes no era un simple atraso administrativo tolerable, sino una omisión que vulneraba su derecho a la igualdad ante la ley (artículo 19 N°2 de la Constitución), porque otras personas en situaciones equivalentes sí habían recibido respuesta oportuna a solicitudes similares.
El recurso también se apoyó en la Ley 19.880, que regula cómo debe actuar la administración pública frente a cualquier solicitud ciudadana. Esa ley establece varios principios que, en teoría, deberían impedir este tipo de silencios prolongados:
- Principio de celeridad (artículo 7): la autoridad debe actuar por iniciativa propia para agilizar los trámites.
- Principio conclusivo (artículo 8): todo procedimiento debe terminar con una decisión formal.
- Principio de inexcusabilidad (artículo 14): la administración está obligada a dictar una resolución expresa en todos los procedimientos.
Puedes revisar el texto completo de esta ley en el sitio oficial de Ley Chile / BCN.
El primer fallo: un rechazo que se apoyó en la letra fría de la ley
La Corte de Apelaciones de Santiago no le dio la razón a Mercedes. En su sentencia del 11 de junio de 2026, el tribunal razonó que el plazo de seis meses que fija la Ley 19.880 para resolver un trámite administrativo no es un plazo fatal, y que la entrega de una carta de nacionalización es una facultad discrecional del Presidente de la República, no algo que un tribunal pueda ordenar. Además, consideró que no existía una afectación real a la igualdad ante la ley, porque Mercedes esperaba «en las mismas condiciones» que cualquier otro solicitante.
Para muchas personas, este primer fallo habría sido el punto final. Pero no lo fue.
El giro: la Corte Suprema revierte el rechazo
La abogada apeló ante la Corte Suprema, insistiendo en que el problema no era la existencia de un plazo formal, sino la falta de cualquier respuesta razonable después de casi dos años.
El 20 de agosto de 2026, la Tercera Sala de la Corte Suprema (Rol N° 36.497-2026) le dio la razón. Aunque confirmó que el plazo del artículo 27 no es «fatal» en un sentido estricto, sostuvo que la Ley 19.880 sí obliga a la administración a resolver dentro de un plazo razonable, y que dilatar una solicitud durante casi dos años, sin ninguna explicación satisfactoria, sí constituye una discriminación arbitraria frente a otras personas que en situaciones equivalentes obtuvieron respuesta.
La Corte revocó el fallo de primera instancia y acogió el recurso de protección, ordenando textualmente que el Servicio Nacional de Migraciones «deberá emitir el pronunciamiento que en derecho corresponda respecto de la solicitud de nacionalización presentada ante ella por la parte recurrente dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde la notificación de esta sentencia.» La decisión no fue unánime: uno de los ministros votó en contra, a favor de mantener el rechazo original.
¿Por qué es importante este caso de demora en nacionalización?
Porque muestra que perder en primera instancia no es el final del camino. La discusión jurídica de fondo —si un plazo administrativo es «fatal» o no— puede sonar técnica, pero el resultado es muy concreto: una persona que llevaba casi dos años sin respuesta obtuvo, por orden judicial, un plazo máximo y exigible para que el Estado se pronuncie.
Este tipo de fallos también deja un precedente útil: la sola invocación de un aumento de solicitudes o de la naturaleza discrecional de un trámite no basta, por sí sola, para justificar cualquier nivel de demora.
¿Qué puedes hacer si tu trámite de nacionalización está detenido?
Si llevas meses —o años— esperando respuesta a una solicitud de nacionalización, residencia u otro trámite migratorio, este caso deja algunas ideas prácticas:
- Documenta todo. Fechas de ingreso, capturas de pantalla del estado del trámite, comunicaciones con la autoridad.
- La demora prolongada no es «normal» por default. Que un trámite sea complejo no significa que no tenga límites razonables.
- Un rechazo en primera instancia no cierra la puerta. Como muestra este caso, apelar ante una instancia superior puede revertir completamente el resultado.
- Evalúa tu caso con un abogado especializado en migración, especialmente si tu solicitud lleva más de un año sin movimiento.
Si tienes dudas sobre tu propia situación migratoria, puedes revisar más artículos en nuestra sección de Nacionalidad y Ciudadanía Chilena.
Conclusión
Ningún caso ganado es una promesa de que otro caso terminará igual: cada situación tiene sus propios hechos y plazos. Pero el caso de Mercedes deja algo claro: la demora en nacionalización por parte del Estado tiene límites, y existen herramientas legales concretas —incluso después de un primer rechazo— para exigir que la autoridad finalmente se pronuncie.
¿Tu solicitud de nacionalización, residencia u otro trámite migratorio lleva mucho tiempo sin respuesta? Conversemos sobre tu situación específica y evaluemos qué opciones tienes.
Nota editorial: este artículo describe un caso real, con datos personales de la clienta anonimizados por privacidad. Los tribunales, roles de causa y fechas citados corresponden al expediente público.

